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Viajeros invitados

CIUDADANÍA ITALIANA POR MATRIMONIO: MI EXPERIENCIA

Hola! Mi nombre es Valentina y en este post les voy a contar cómo fue mi experiencia solicitando la ciudadanía italiana por matrimonio en Argentina. 

En primer lugar, les recomiendo ingresar a la página del Consulado que les corresponda según su domicilio y revisar toda la información que allí aparezca. Si bien los requisitos y los documentos son en esencia los mismos para todos, puede que haya alguna variación en cuanto a los pasos a seguir. En mi caso, presenté mi solicitud de ciudadanía (de ahora en más, “domanda di cittadinanza” o simplemente “domanda”) en el Consulado de Mar del Plata.

Hecha esta aclaración, comencemos…

¿Cuáles son los requisitos?

1- El cónyuge italiano debe estar inscripto en el A.I.R.E.: esto se puede consultar ingresando al portal Fast.it (https://serviziconsolari.esteri.it/) y visualizando los datos personales (“Visualizzare la propria scheda anagrafica”). En caso de no estar inscripto, se puede solicitar la inscripción en el mismo portal.

2- Los cónyuges deben residir en el mismo domicilio: esto implica que ambos deben tener la misma dirección en sus documentos de identidad y que ésta debe coincidir con el domicilio que aparece en Fast.it. El mismo se puede actualizar por medio de este portal en caso de tenerlo desactualizado.

3- Deben haber transcurrido 3 años desde la celebración del matrimonio o un año y medio en el caso de que los cónyuges tengan hijos en común

4- El matrimonio debe estar registrado en la Comuna italiana correspondiente: es decir, el acta de matrimonio argentina debe transcribirse en la Comuna que le corresponda al ciudadano italiano. Hoy en día, esta transcripción se solicita a través de Fast.it, para lo cual es necesario contar con el acta de matrimonio digital emitida con sistema GEDO con traducción integral (tanto del acta como de la firma digital emitida por la oficina del registro civil argentino), fotocopia de los DNI de ambos cónyuges y un formulario de solicitud que se encuentra en las páginas web de los diferentes Consulados.

5- El vínculo matrimonial debe subsistir: esto quiere decir que no debe mediar ninguna de las siguientes situaciones: fallecimiento de uno de los cónyuges; divorcio / anulación / cese de los efectos civiles del matrimonio; separación personal de los cónyuges.

6- El cónyuge no italiano debe acreditar un conocimiento del idioma italiano no inferior al nivel B1 del Cuadro Común Europeo.

¿Cuáles son los documentos necesarios?

1- Documentación que compruebe el conocimiento del idioma italiano, no inferior al nivel B1: este requisito fue introducido a finales del 2018 y, en Argentina, los interesados en obtener la ciudadanía por matrimonio suelen rendir alguno de los siguientes exámenes: PLIDA B1 (de la Sociedad Dante Alighieri), CILS Uno B1 (de la Universidad para Extranjeros de Siena) o CELI2 (de la Universidad para Extranjeros de Perugia). Cualquiera de ellos tiene la misma validez a los efectos del trámite y, al menos en la actualidad, no existe un vencimiento establecido para los mismos. 

2- Estratto dell’atto di matrimonio emitido por la Comuna italiana en la que fue registrado: este documento es, básicamente, el “acta de matrimonio italiana” y debe ser solicitado a la Comuna competente, vía mail o vía correo postal. Es decir, luego de que el cónyuge italiano pida la transcripción del matrimonio por medio del portal Fast.it, éste debe comunicarse con su Comuna para solicitar su “estratto dell’atto di matrimonio”. Es muy importante que el mismo sea enviado en forma física a la Argentina, dado que, al final del proceso, el original debe ser entregado al Consulado correspondiente. Mi consejo es que pidan ambos (digital -escaneado- y físico) ya que con el scan podrán corroborar que todos los datos estén bien y solicitar correcciones en caso de necesitarlas. Tengan en cuenta que el envío a la Argentina suele demorar (en mi experiencia fueron 2 meses, pero sé de personas a las que les tardó menos y otras a las que les tardó mucho más). Y otra aclaración: mientras hay Consulados que no especifican que el “estratto” tenga vencimiento, hay otros que solicitan que este documento no tenga más de 6 meses de antigüedad. Por lo tanto, recomiendo revisar esto en la web del Consulado competente, antes de efectuar la solicitud.

3- Acta de nacimiento en original: la misma deberá ser solicitada al Registro Civil correspondiente y, una vez obtenida, deberá ser apostillada y luego traducida al idioma italiano. Para quienes hayan nacido en la Provincia de Buenos Aires, el acta se solicita a través de:  https://www.gba.gob.ar/registrodelaspersonas/solicitud_de_partidas_online. Por otra parte, las actas de nacimiento emitidas fuera del territorio argentino deben ser legalizadas según las modalidades previstas en el país de nacimiento (y el interesado deberá dirigirse al Consulado italiano competente territorialmente). 

4-Certificado de antecedentes penales: el mismo es expedido por el Registro Nacional de Reincidencia (https://www.argentina.gob.ar/justicia/reincidencia), y debe ser legalizado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto con el “Apostille” de la Haya y, posteriormente, traducido al italiano. Si el solicitante no nació en Argentina, deberá presentar además el certificado de antecedentes penales del país de origen debidamente legalizado (por el Consulado italiano del país de origen); o si estuvo residiendo en otros países por más de 6 meses, a partir de los 14 años de edad, también deberá presentar los certificados de antecedentes penales expedidos en dichos países, debidamente legalizados (por los Consulados italianos competentes territorialmente). A los efectos del trámite de ciudadanía, se considera que el certificado de antecedentes penales tiene una validez de 6 meses a partir de la fecha de emisión, pero ATENCIÓN: algunos Consulados exigen que el mismo sea presentado al menos 2 meses antes de dicho vencimiento. Debido a esto, es importante NO emitir este documento hasta no contar con el certificado de conocimiento del idioma italiano y con el “estratto dell’atto di matrimonio”, dado que de solicitarlo tempranamente, es posible que éste se venza antes de que lleguemos presentar la “domanda”. 

5- DNI de ambos cónyuges: deben estar vigentes y demostrar la residencia en la jurisdicción consular competente. En este punto cabe aclarar que si bien ambos DNIs se mencionan como documentos necesarios, al momento de cargar la “domanda di cittadinanza” (la cual, como veremos más adelante, se carga de manera online en el portal del Ministero dell’Interno), sólo debe insertarse la fotocopia del documento de identidad del solicitante. ACLARACIÓN: puede que algunos Consulados acepten cargar el pasaporte en lugar del DNI. El Consulado de Córdoba, por ejemplo, menciona ambas opciones.

6- Comprobantes de pago (250 euros + 16 euros): desde el 09/07/2022 el pago de los 250 euros correspondientes a la tasa de la “ciudadanía por matrimonio” y el pago de los 16 euros correspondientes a la “marca da bollo telemática” sólo pueden ser realizados a través del sitio PagoPA. Ambos pagos se efectúan en el momento en el que uno está cargando la “domanda di cittadinanza”, específicamente en el último paso. Esta plataforma admite pagar con tarjetas de débito y crédito. Por lo tanto, de pagar con tarjetas argentinas, el pago estará sujeto al impuesto PAÍS y a la percepción de Ganancias.

¿Cómo es el procedimiento?

En este punto les voy a contar cuáles fueron los pasos que yo seguí dado que, como comenté con anterioridad, esto puede variar en función del Consulado y, también, de la situación particular de cada uno.

En mi caso, me casé a finales del 2018, con lo cual, hasta fines del 2021 no podía presentar mi “domanda di cittadinanza». Sin embargo, esto no implicaba que no pudiera comenzar a juntar los documentos que se requerían para el trámite.

Primer PASO:

Lo primero que hice fue constatar que mi marido estuviera inscripto en el A.I.R.E. y revisar sus datos personales. Como recién nos habíamos casado, su estado civil aún era “soltero” y su domicilio era el de sus padres. Entonces, en esta instancia, tuvimos que hacer 2 cosas: 

  • Por un lado, nos hicimos nuevos DNIs actualizando nuestro domicilio.
  • Por otro lado, mandamos a apostillar y traducir nuestra partida de matrimonio argentina, para poder solicitar la transcripción de nuestro matrimonio en Italia. 

En ese momento (abril 2019), tanto la actualización del domicilio como la del estado civil, fueron realizadas por mi marido de manera presencial en el Consulado, pero tengan en cuenta que hoy en día esto se solicita a través del portal Fast.it.

Segundo PASO:

El año siguiente, mi marido contacta al Consulado para saber si nuestro matrimonio había sido correctamente registrado en Italia, porque sabíamos de personas a las que les había llegado un mail de su Comuna indicando que su acta había sido transcripta, pero a nosotros nunca nos había llegado nada. Del Consulado le respondieron que iban a averiguar y le recomendaron que, pasado un mes, se contactara él directamente con su Comuna y les solicitara el “estratto dell’atto di matrimonio”. Como es esperable, al mes siguiente, mi marido escribió un mail a su Comuna, pidió el envío del “estratto digitale”, y a los pocos días le enviaron lo solicitado. No solicitó el envío del acta física a la Argentina porque aún faltaba más de un año para que yo pudiera presentar mi “domanda” y, en ese momento, no estábamos seguros si el “estratto” tendría o no un vencimiento.

Hoy en día, como el registro del matrimonio se hace mediante Fast.it, estimo que el mismo portal notifica al usuario cuando el trámite se encuentra concluido. Una vez que la información civil está actualizada, el ciudadano italiano ya puede solicitar a su Comuna el “estratto del atto di matrimonio” que, como ya mencioné, constituye un documento indispensable para el trámite.

Luego:

Avanzando un poco con el relato, en enero del 2021, empecé a estudiar italiano. En mi caso, lo hice en el Instituto Dante Alighieri de Mar del Plata, con el objetivo de poder rendir el examen PLIDA en noviembre de ese mismo año. La realidad es que al final terminé rindiendo el examen en febrero del 2022 y el certificado (el cual es obligatorio para poder presentar la “domanda”) lo recibí recién en junio. Aclaro esto porque hay que considerar que los certificados (tanto el PLIDA como el CELI o el CILS) pueden demorar varios meses en llegar. Con respecto al tiempo que deberán dedicarle al estudio para alcanzar el nivel B1, esto es muy variable: dependerá de sus conocimientos previos, del tiempo disponible, de lo confiados que se quieran sentir para rendir, etc. Conozco personas que sólo estudiaron 9 meses y otras que estudiaron por más de 3 años. 

Por otra parte, en el transcurso del 2021 fui avanzando con otros documentos que iba a necesitar: en marzo solicité mi partida de nacimiento digital, la cual tardó aproximadamente un mes en llegar; y en octubre mi marido solicitó a su Comuna el envío del “estratto del atto di matrimonio” a la Argentina, la cual recibimos en diciembre. Respecto a esto quiero aclarar 2 cuestiones:

  • Solicité estos 2 documentos porque, en la página del Consulado de Mar del Plata no se especifica que tengan algún vencimiento. Sin embargo, en caso de que el Consulado que les corresponda indique un plazo de validez, tendrán que calcular bien los tiempos para solicitarlos. 
  • Con respecto al “estratto”, en nuestro caso, con solicitarlo por mail bastó para que nos lo enviaran por correo físico (siempre hablando en italiano y proporcionándoles toda la información que ellos necesitaban para el envío). Sin embargo, sabemos que hay Comunas que piden que se haga el pedido del acta mediante carta certificada con respuesta postal paga, o solicitan que el interesado pague el envío internacional, etc. Esto dependerá de cada Comuna.

Ya casi:

Ya en mayo del 2022, cuando ya me habían notificado que había aprobado el examen de italiano y que en un mes estaría recibiendo el certificado, solicité el último documento que iba a necesitar: el certificado de antecedentes penales. Este se obtiene bastante rápido, en 24 horas como máximo. Por ende, sugiero pedirlo sólo cuando sepan que ya tienen el examen aprobado o, si no tienen problema en esperar más, cuando incluso ya tengan el certificado en su poder. Si lo solicitan con mucha antelación, corren el riesgo de que se les venza para el momento en que vayan a presentar la “domanda”.

Ahora, para tener el juego de documentos completo, sólo me faltaba apostillar y traducir la partida de nacimiento y el certificado de antecedentes penales:

  • Las apostillas las solicité al Colegio de Escribanos de mi ciudad y las mismas demoraron casi un mes desde que pedí el turno para llevar la documentación. Puede que este paso sea más rápido o más lento dependiendo del lugar donde vivan. Otra opción es que ustedes mismos tramiten las apostillas a través de TAD, pero, como ésta no fue la opción que yo elegí, no puedo contarles mucho sobre la misma.
  • Una vez que tuve los 2 documentos apostillados, se los entregué a una traductora con la que ya había hablado previamente para reservar un turno, quien me entregó las traducciones a los 10 días. Un aspecto a destacar es que las traducciones de estos documentos deben estar realizadas por traductores públicos matriculados. Los distintos Consulados suelen tener publicada una lista de traductores públicos con firma depositada en cada uno de ellos. Recomiendo revisar estas listas para poder contactar a alguno de los traductores que allí aparezcan. 

Mientras esperaba que todo estuviese listo, solicité un turno al Consulado de Mar del Plata para poder legalizar las traducciones, el cual me fue otorgado con rapidez. En este punto me gustaría aclarar que existen algunas diferencias, por ejemplo, con el Consulado de CABA:

  • En el Consulado de Mar del Plata, el turno para las legalizaciones se solicita vía mail a la Oficina Notarial; en general es otorgado para una fecha no muy lejana (en mi caso, fueron sólo 2 semanas); y ese día no sólo hay que llevar las traducciones del acta de nacimiento y del certificado de antecedentes penales, sino también la fotocopia del DNI de ambos cónyuges y el certificado de italiano. En ese momento, se abonan las tasas correspondientes a las legalizaciones de los 4 documentos (en efectivo) y, luego de unos 10 días aproximadamente, ya nos devuelven toda la documentación con los correspondientes sellos y firmas. 
  • En el Consulado de CABA, por otro lado, para legalizar las traducciones se debe solicitar un turno vía el portal @Prenotami, efectuar el pago de las tasas correspondientes a una cuenta bancaria y luego presentar los documentos en el Consulado. Ese día, sólo se deberán presentar las traducciones del acta de nacimiento y el certificado de antecedentes penales. El certificado de italiano y la fotocopia del DNI no son solicitados en esta instancia. Según me han comentado algunas personas, puede llegar a ser complicado conseguir el turno y que la fecha obtenida para el mismo no sea muy cercana. Por este motivo, para quienes residan en CABA puede que sea conveniente no descargar el certificado de antecedentes y realizar las apostillas y traducciones hasta que no cuenten con este turno. Recuerden que, desde que descargan el certificado de antecedentes, tienen 6 meses para terminar con todos los trámites.

Por ultimo:

Bueno, ya vamos casi llegando al final… Estamos a fines de junio del 2022 y llegó el día de ir a buscar los documentos legalizados al Consulado. Salí de allí con los 4 documentos sellados (partida de nacimiento, antecedentes penales, fotocopia del DNI y fotocopia del PLIDA) que, junto con el “estratto dell’atto di matrimonio”, son todos los “adjuntos” que necesita nuestra “domanda di cittadinanza”. 

¿Qué debemos hacer cuando tenemos todos los documentos?

La solicitud de la ciudadanía por matrimonio es un trámite ONLINE. No hace falta pedir un turno presencial al Consulado como sucede, por ejemplo, en el caso de la ciudadanía por descendencia. Por lo tanto, una vez que ya tenemos nuestra “carpeta” con todos los documentos necesarios, lo que debemos hacer es:

1- Crearnos un usuario en la página del Ministero dell’Interno (https://portaleservizi.dlci.interno.it/AliCittadinanza/ali/home.htm). Esto obviamente se puede hacer antes para ir familiarizándonos con la web. Hay que tener en cuenta que la página sólo funciona en las horas hábiles de Italia.

2- Completar el Modello AE y realizar el pago de los 266 EUROS (250+16): este formulario se encuentra dentro del portal del Ministero y tiene varias secciones. En cada una de ellas hay que ir insertando información personal, adjuntando los documentos solicitados, y, en la última, hay 2 links de pago, desde los cuales se puede abonar: por un lado, los 250 euros correspondientes a la “tasa de la ciudadanía por matrimonio” y, por otro lado, el pago de los 16 euros correspondientes a la “marca da bollo telemática”. Luego de pagar, ya estaremos en condiciones de enviar la “domanda”.

Luego de enviar la “DOMANDA”, ¿cuáles son los pasos a seguir?

Después de enviar la “domanda”, el Consulado competente se estará contactando con nosotros a través del portal (ver debajo imagen del mail que llega), notificando si la misma fue aprobada o rechazada. Esto no implica que la CIUDADANÍA haya sido otorgada o negada; sólo indica si el Consulado dará inicio a nuestra solicitud. Puede pasar que, en esta instancia, el Consulado rechace nuestra “domanda” por encontrar errores en el formulario: en este caso, indicará cuáles son esos errores y solicitará que el mismo se vuelva a completar y a enviar (obviamente no hay que volver a abonar los 266 EUROS, sino que se pueden cargar los comprobantes de los pagos ya realizados). En el caso de que el Consulado apruebe nuestra solicitud, nos enviará un código (K10) y, con posterioridad, en una nueva comunicación, nos citará en forma presencial para entregar toda la documentación en original. Para que tengan una referencia de los tiempos, en lo particular, a los 6 días de enviar la “domanda” por medio del portal, recibí el “K10” (lo que implicaba que mi solicitud había sido aceptada) y, al día siguiente de esto, me llegó la citación para presentar los papeles en el Consulado 2 semanas después. El día de la cita, entregué todos los documentos, firmé mi “domanda”, realicé el pago de una última tasa consular, y, por último, me informaron que ahora sólo debía esperar.

Una vez finalizados todos los trámites, ¿cuánto demora el otorgamiento de la ciudadanía?

El plazo establecido para la definición del procedimiento es de 24 meses, los cuales podrían prorrogarse a un máximo de 36. Esto aplica para todas las solicitudes presentadas después del 20/12/2020.

Según leí en grupos de Facebook, durante este período, la “domanda” irá pasando por diferentes fases, las cuales se pueden ir visualizando en el portal del Ministero dell’Interno (“Stato della pratica”). La última de ellas, conocida coloquialmente como “fase 7” (“Pratica definita riceverà una comunicazione dalla prefettura/consolato”), es la que indica que el proceso ha culminado y que sólo resta la citación, por parte del Consulado competente, para jurar fidelidad a la República Italiana. Finalmente, la concesión de la ciudadanía italiana será otorgada al solicitante el día posterior a la jura. 

Bueno, hasta acá llega mi experiencia y espero que esta información les sea útil en su proceso de obtención de la ciudadanía italiana por matrimonio. Tengan en cuenta que los requisitos o los procedimientos pueden llegar a variar, por lo que deberán revisar siempre la información publicada por el Consulado correspondiente a su jurisdicción:

CABA: https://consbuenosaires.esteri.it/consolato_buenosaires/es/i_servizi/per-i-cittadini/natumatr.html

MAR DEL PLATA: https://consmardelplata.esteri.it/consolato_mardeplata/it/i_servizi/per_i_cittadini/cittadinanza/ciudadania-italiana-por-matrimonio.html 

BAHÍA BLANCA: https://consbahiablanca.esteri.it/consolato_bahiablanca/es/i_servizi/per_i_cittadini/cittadinanza/naturalizzazione-per-matrimonio.html

LA PLATA: https://conslaplata.esteri.it/consolato_laplata/it/i_servizi/cittadinanza/cittadinanza.html 

ROSARIO: https://consrosario.esteri.it/consolato_rosario/es/i_servizi/per_i_cittadini/cittadinanza/cittadinanza-iure-matrimonii.html 

CÓRDOBA: https://conscordoba.esteri.it/consolato_cordoba/es/i_servizi/per_i_cittadini/cittadinanza/ciudadania-por-matrimonio.html 

MENDOZA: https://consmendoza.esteri.it/consolato_mendoza/it/i_servizi/per_i_cittadini/cittadinanza/ciudania-matrimonio-req.html 

MORÓN: https://consmoron.esteri.it/consolato_moron/it/los_servicios/cittadinanza/cittadinanza-italiana-per-matrimonio.html 

LOMAS DE ZAMORA: https://conslomasdezamora.esteri.it/consolato_lomasdezamora/es/i_servizi/per_i_cittadini/cittadinanza

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